La Ley de Libertad de Información (“FOIA”) es una ley estatal que brinda a todas las personas acceso a los registros públicos.

Es política general del Sistema de Salud del Condado de Cook que todas las personas tienen derecho a copias completas o a inspeccionar los registros públicos en posesión del sistema de salud o bajo su control, dentro de los parámetros de la ley.

Puede encontrar más información sobre la Ley de Libertad de Información en los Estatutos Compilados de Illinois en 5 ILCS 140/1.

Solicitud de registros públicos 

Todas las solicitudes FOIA de registros públicos deben realizarse por escrito y deben incluir el nombre, la dirección postal u otra información de contacto del solicitante y una descripción de los registros públicos solicitados.
Para solicitudes relacionadas con Cook County Health, envíe un correo electrónico a [email protected] o contactar:

Oficina del Asesor General, Salud del Condado de Cook
Atención: Solicitud FOIA
Calle Polk 1950 Oeste
Chicago, Illinois 60612

Para obtener registros relacionados con el Departamento de Salud Pública del Condado de Cook, visite Sitio web del CCDPH o contactar:

Oficial de FOIA, Departamento de Salud Pública del Condado de Cook
Edificio de administración
15900 S. Avenida Cicero
Bosque de robles, IL 60452

Honorarios 

Cook County Health puede cobrar tarifas de acuerdo con el siguiente programa para reembolsar su costo real por reproducir y certificar, cuando corresponda, registros públicos y por el uso, por parte de cualquier persona, del equipo del Sistema de Salud para copiar registros. No se cobrarán tarifas por las primeras 50 páginas de copias en blanco y negro, tamaño carta o legal. Cook County Health puede proporcionar información en disquete, CD o formato electrónico, y el costo será el costo real en que incurra el sistema de salud. Las tarifas por reproducir registros en cualquier formato que no se incluya en este documento se basarán en el costo real en que incurra Cook County Health. Se pueden cobrar tarifas adicionales según lo disponga la ley.

Cuando se prevea que los honorarios que deberá abonar el solicitante superarán los $25, se le notificará el monto de los honorarios previstos y se le dará la oportunidad de modificar la solicitud.

Cuando la tarifa prevista supere los $25, se podrá exigir un depósito por adelantado de 25% de la tarifa prevista o de $25, lo que sea mayor, antes de reproducir el material. Cuando un solicitante no haya pagado previamente una tarifa, se podrá exigir un depósito por adelantado del importe total antes de reproducir el material. Cuando se exija, si el depósito por adelantado no se recibe dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la fecha de vencimiento del depósito por adelantado, se considerará que la solicitud ha sido retirada.

Ley de Libertad de Información
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